En esta sección encontrarás toda la información necesaria sobre los requisitos de acceso a nuestras viviendas. Es importante leer con atención la totalidad de cada apartado para conocer los requisitos que se exigen.
El acceso a nuestras viviendas requiere el cumplimiento de una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes. Para consultar el detalle completo de condiciones, documentación y requisitos aplicables al proceso, consulta las bases de adjudicación.
Tener nacionalidad española, o residencia legal en España.
Cumplir con los límites de ingresos establecidos: los ingresos máximos por unidad de convivencia no podrán superar 2,5 veces el IPREM.
Consulta la tabla de límites del IPREM. →No destinar más del 30 % de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia al pago de la renta total anual.
Máx. 30% de ingresosAcreditar ingresos mínimos por unidad familiar o de convivencia del año fiscal vencido de 23.500 € anuales.
Personas físicas mayores de edad, que se hallen en plenas facultades civiles y no tengan limitación alguna de la capacidad civil.
Estar empadronado en el municipio de Málaga con una antigüedad ininterrumpida mínima de un año, computado inmediatamente antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Mín. 1 año en MálagaDestinar la vivienda a residencia habitual y permanente de la unidad familiar solicitante y ser ocupada dentro de los plazos legalmente establecidos.
Tener presentada la solicitud de demandante de vivienda protegida en el en el Registro Municipal de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Málaga.
Que ninguno de los miembros de la unidad familiar sea titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute vitalicio sobre otra vivienda en todo el territorio nacional en vivienda protegida o libre.
No encontrarse el solicitante, ni ninguno de los miembros de su unidad familiar o de convivencia, en una situación de conflicto de intereses.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a computar desde el día indicado en el anuncio de la convocatoria en la web.
La presentación de las solicitudes se realizará ante el Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga, mediante el modelo normalizado de declaración responsable facilitado para la presente convocatoria, a través del registro electrónico o trámite habilitado en la sede electrónica municipal.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga elaborará un listado provisional de solicitudes presentadas de la presente convocatoria.
Una vez finalizado el plazo de alegaciones al listado provisional de solicitudes presentadas y resueltas, el Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga aprobará y publicará el listado definitivo de solicitudes, incluyendo el número de orden asignado a cada solicitud, que será utilizado en el sorteo.
El procedimiento de sorteo será realizado por el Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga, ante fedatario público, mediante el sistema, rutina o mecanismo que dicho organismo determine, garantizando los principios de publicidad, igualdad, transparencia y concurrencia.
La asignación provisional de una vivienda concreta se realizará siguiendo el orden establecido en el Listado Ordenado de Solicitudes Seleccionadas facilitado por el Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga.
En el momento de la asignación, siguiendo el orden establecido en el correspondiente Listado Ordenado de Solicitudes Seleccionadas, nos pondremos en contacto contigo para la asignación provisional de una vivienda concreta a la solicitud y solicitarte la documentación necesaria para la acreditación de requisitos, que deberás aportar en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el requerimiento.
El Superficiario remitirá al Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga el listado provisional de personas preadjudicatarias, junto con la documentación correspondiente para su verificación.
El Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga procederá a la verificación y validación de la documentación aportada para la emisión del certificado.
Tras la validación documental de los requisitos y la aceptación de la vivienda, se procederá a la preparación y formalización del contrato de alquiler. Este se formalizará mediante su suscripción en el plazo máximo de un mes desde la acreditación completa del cumplimiento de requisitos, así como desde la emisión del correspondiente certificado por parte del IMV y siempre que las viviendas sean habitables.
Una vez firmado el contrato, nos pondremos en contacto para agendar la fecha de entrega de llaves.
Es importante que prepares toda la documentación necesaria. La documentación variará en función de las características de tu unidad de convivencia.
Te permitirá conocer todos los detalles del procedimiento de adjudicación de las viviendas.
DESCARGAR BASES DE ADJUDICACIÓNA continuación, te facilitamos el acceso a las normativas que rigen el proceso de adjudicación y el acceso a viviendas de protección oficial y viviendas asequibles.